CASOS DE ÉXITO EN DERECHO PENAL

Un menor de 14 años dispara con una escopeta de perdigones a viandantes en Roquetas de Mar

Desde un bloque de viviendas en Roquetas de Mar en Almería, un joven disparó en varias ocasiones a viandantes. Se desconocen los motivos que le llevaron a cometer esta acción que podría haber puesto en peligro la vida de las personas que ese momento pasaban por la zona.

La Guardia Civil del Puesto Principal de Roquetas de Mar ha investigado a un menor de 14 años como presunto autor de cuatro delitos de lesiones, dos de ellos menos graves, tras disparar con un arma larga de aire comprimido desde un bloque de viviendas. Los hechos, ocurridos a mediados del pasado mes de octubre, dejaron cuatro víctimas con heridas de diversa gravedad, una de ellas con necesidad de intervención quirúrgica.

Los hechos sucedieron en una de las principales avenidas de la ciudad y las víctimas fueron alcanzadas por disparos de perdigones. Según ha informado la Comandancia de la Guardia Civil en Almería se presentaron diversas denuncias.

Juez devuelve la causa de los policías agredidos en Roquetas (Almería) para investigar un posible homicidio en tentativa

Juez devuelve la causa de los policías agredidos en Roquetas (Almería) para investigar un posible homicidio en tentativa

La juez del Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha acordado este miércoles devolver las actuaciones practicadas sobre el investigado por agredir a cuatro policías locales de Roquetas de Mar (Almería) al admitir la cuestión de nulidad planteada por la acusación particular, que solicitó que la causa se instruyera mediante un procedimiento sumario al considerar que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa.

Leer más: https://www.europapress.es/andalucia/almeria-00350/noticia-juez-devuelve-causa-policias-agredidos-roquetas-almeria-investigar-posible-homicidio-tentativa-20241113142240.html

DELITO DE LESIONES EN EL ÁMBITO FAMILIAR

Asistí a mi clienta en la Comisaría Provincial de Almería sobre las 10 de la noche, era una señora mayor de 65 años que tras discutir con su esposo fue detenida. Tras pasarla al día siguiente a disposición judicial, el Fiscal continuó con la acusación y calificó los hechos de la denuncia como constitutivos de un delito de lesiones en el ámbito familiar tipificado en el art 153.2 y 3 del Código Penal. Solicitando que se impusiera a mi clienta una pena de 12 meses de prisión por dichos hechos supuestamente delictivos.

En mi escrito de defensa yo defendí la libre absolución de mi clienta.

Llegado el día para el acto del juicio se practicaron las pruebas admitidas consistente en la declaración del acusado, declaración de testigos, y dar por reproducida la documental que obra en las actuaciones.

Que en el acto del juicio mi clienta negó los hechos, su pareja se acogió a su derecho a no declarar y tras la práctica de la prueba testifical de los testigos de referencia se generó una duda razonable en la autoría de los hechos que se le reprochaban penalmente a mi clienta. Por lo que la jueza aplicó en este caso el principio in dubio pro reo y se absolvió del delito de acusación a mi clienta de la presente causa.

Dos años de prisión para el carpintero que dejó varias obras sin hacer tras cobrar anticipos en Adra y El Ejido

Tras recibir el anticipo de sus víctimas, el procesado «dejó de atender las llamadas» de las familias «no realizando los trabajos presupuestados ni devolviendo cantidad alguna de las entregadas, ni dando explicación o justificación, desapareciendo sin poder contactar con él».

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 considera probado que el acusado «utilizó el engaño» bajo la finalidad de «obtener el desplazamiento patrimonial de los perjudicados a sabiendas de que no realizaría actuación profesional, y sin que se tratara de una imposibilidad sobrevenida, no realizando actuación alguna ni siquiera de petición de materiales o cualquier otra».

No obstante, según el informe, el acusado reconoció en su declaración la contratación de los trabajos como los pagos recibidos y justificó que «cuando iba a comprar el material, Hacienda me quitó el dinero», motivo por el que «no pudo realizar el trabajo». En su versión, el acusado explica que «no se puso en contacto con los clientes porque cuando Hacienda le quitó el dinero, al pasar dos o tres días de la fecha en la que iba a realizar el trabajo, empezaron a publicarse informaciones calificándole de estafador», una situación que «le sobrepasó» y «no sabía como salir del paso».

Primeramente, el Ministerio Fiscal y la acusación particular, ejercida por la letrada María Jesús Gaitán, pedían una condena de dos años y seis meses de prisión. No obstante, se ha fijado en 24 meses al carecer de antecedentes penales. La abogada de las víctimas manifiesta que están «muy contentos por la noticia y satisfechos, esperamos que las familias reciban el dinero lo antes posible».

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