Servicios
ESPECIALISTA EN DIVORCIOS, > <strong>PENSIÓN DE ALIMENTOS, CUSTODIA, PAREJAS DE HECHO. ESPECIALISTA EN PENAL, PROCESOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, JUICIOS RÁPIDOS, ALCOHOLEMIA, RECURSOS PENALES.
En GAITÁN Y PEÑA ABOGADOS le damos el mejor asesoramiento jurídico.
Encuentre con nosotros todo el asesoramiento relacionado con la defensa de sus intereses, especialmente en:
Preguntas Frecuentes del Divorcio
¿Qué consecuencias tiene el divorcio?, ¿y la separación?
El divorcio es la disolución legal del vínculo matrimonial existente entre los cónyuges. Los efectos jurídicos del divorcio son la finalización definitiva del matrimonio.
¿Tengo que alegar algún motivo para divorciarme?
Tal y como establece el artículo 86 del Código Civil, el único requisito para solicitar el divorcio radica en el transcurso del tiempo desde que se contrajo matrimonio.
¿Cuánto tiempo debe transcurrir desde la celebración de matrimonio hasta poder solicitar el divorcio?
Se puede decretar el divorcio una vez hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.
¿Puedo divorciarme, aunque mi cónyuge no quiera el divorcio?
Sí, basta la petición de uno solo de los cónyuges para que el juez decrete el divorcio
¿Cuántos tipos de procedimiento de divorcio hay?
El divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso.
¿Cuáles son los trámites del divorcio exprés?
En el caso de no existe hijos menores, el divorcio podrá otorgarse ante notario.
Preguntas Frecuentes de la Ley de Segunda Oportunidad
¿Para qué sirve?
Sirve para que alguien sobreendeudado pueda:
- Eliminar parte o todas sus deudas
- Para embargos y reclamaciones
- Reestructurar pagos si todavía puede pagar algo
- Volver a empezar sin cargas financieras
Es una especie de "reset" financiero legal.
¿Quién puede acogerse
Generalmente pueden hacerlo:
- Partículares
- Autónomos
- Personas con deudas que no pueden pagar (insolvencia)
Pero deben cumplir condiciones como:
- Actuar de buena fe (no haber generado deudas de forma fraudulenta)
- Intentar pagar o negociar antes si es posible
- No haber usado esta ley recientemente.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
Se pueden cancelar muchas deudas como:
- Préstamos personales
- Tarjetas de crédito
- Deudas con financieras
- Parte de deudas con bancos
Algunas normalmente no se cancelan totalmente, por ejemplo:
- Parte de dudas con Hacienda
- Parte con Seguridad Social
- Pensiones de alimentos
¿Qué hace el juez?
El juez puede conceder el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, que significa perdonar las deudas que no se han podido pagar.
¿Cuánto tarda?
Normalmente entre 6 meses y 2 años, dependiendo del caso.
¿Pierdes tu casa o tus bienes?
Depende:
- Si tienes bienes valiosos, puede que se vendan para pagar parte de la deuda
- En algunos casos se puede conservar la vivienda si se sigue pagando la hipoteca
Ejemplo Simple
Una persona debe 40.000€ en tarjetas y préstamos, no puede pagarlos y se acoge a la ley. Tras el proceso, el juez puede cancelar gran parte o toda la deuda.
Contacto
- 631 34 75 22 / 950 92 77 02
- gp4822@icaalmeria.com
-
C/ Natalio Rivas, 15
Edificio Centro Adra Portal 1
Planta 3 - Oficina 20
Adra - 04770 - Almería.